abogado penalista

¿Para un juicio por delito leve necesito abogado?


Qué es el procedimiento para el juicio sobre delitos leves.

Como su nombre indica, se trata de un procedimiento donde se van a enjuiciar aquellos hechos que estén tipificados como delito leve por el Código Penal.

Este procedimiento se regula en los arts. 962-977 de la Ley de enjuiciamiento Criminal.

Se trata de un procedimiento que aborda aquellas causas donde los delitos cometidos son los de menor gravedad y, por tanto, estamos ante un procedimiento mucho más rápido y sencillo.


Carece de la fase de instrucción que sí hay en otros procedimientos penales, resolviéndose prácticamente todo en el acto de la vista. Aunque ello no es obstáculo para la existencia de una mínima investigación previa de los hechos. En estos casos, el juez debe cuidarse de no resultar contaminado con tales investigaciones, ya que es el que posteriormente juzgará.

¿Necesito abogado?

¡Por supuesto! Aunque no es obligatorio.mejor abogado penal

Parece que por regla general cuando estemos ante un delito leve la ley permite la autodefensa sin la asistencia de letrado, pero ¡ojo! No siempre será así. Y en ninguno de los casos es lo más conveniente.

Ante un procedimiento por delito leve, la “regla general” será que se pueda acudir con abogado SI LO DESEA. Y así se informará a las partes en sus respectivas citaciones.

Es decir, lo deja a voluntad del denunciante, ofendido, perjudicado e investigado, que en la mayoría de los casos decidirá prescindir de la asistencia letrada para ahorrarse ese coste, en la creencia de que sin ella saldrá victorioso.

Así podrá ocurrir, pero no en la mayoría de los casos desgraciadamente. La figura del abogado existe y tiene su razón de ser. No se trata de una mera formalidad que supone un gasto indeseado para el que se ve inmerso en los quehaceres de la justicia, se trata de un experto cuyo trabajo es velar por los derechos e intereses de su cliente procurando su victoria en todo momento, valiéndose para ello de las armas que la ley, sus conocimientos y experiencia le han brindado.

autodefensaMuy burdo sería afirmar que una persona lega en derecho podrá actuar de igual o mejor manera que un profesional dedicado a ello. No nos engañemos, el precio de contratar a un buen abogado penalista se verá difuminado por la actuación que realice en defensa de tus intereses, pues es preferible asumir ese pago y evitarnos una multa, una responsabilidad civil y, sobre todo, una condena que lleve aparejada la existencia de antecedentes penales.

Por ello, en los supuestos en los que la ley deja la asistencia letrada a merced de la voluntad de las partes, NO ES OBLIGATORIO acudir con abogado, pero SÍ EXTRAORDINARIAMENTE CONVENIENTE.

Desde Solutia Abogados, y por lo que la experiencia nos dicta, recomendamos acudir siempre asistidos de abogados a estos juicios ya que nos encontramos con personas que nos llegan con la sentencia que les condenan y ahí es cuando quieren un abogado que lo solucione.

Además, existen supuestos en los que SÍ ES OBLIGATORIO acudir asistidos por letrado en los procedimientos para el juicio de delitos leves.

¿Cuándo será obligatoria? En aquellos casos en los que se esté enjuiciando un delito leve que lleve aparejada pena de multa cuyo límite máximo sea de al menos seis meses. Como por ejemplo el delito de usurpación de vivienda.

Todo ello con base en lo establecido en el art. 967 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

¿Me pueden negar la asistencia letrada en los supuestos en los que no es obligatoria?

justiciaNo, como ya se ha expuesto, el art. 967 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, permite en esos casos la posibilidad de ser asistido por letrado, es un derecho y la negativa a la asistencia letrada supondría su vulneración.

No obstante, debemos especificar, que habrá que manifestar la voluntad de acudir con letrado como muy tarde al comienzo del juicio oral. Si antes de ese momento no se ha expresado el deseo posteriormente no podrá alegarse la vulneración del derecho a la asistencia letrada, pues se entiende que ha sido decisión de esa parte el prescindir de ella. Por tanto, tampoco podrá alegarse posteriormente una nulidad de actuaciones por dicho motivo.

Si la otra parte está asistida por abogado, ¿estoy obligado a ello?

No. Pero, de nuevo, sería extraordinariamente conveniente para que exista una verdadera igualdad de armas. La ley no indica que este sea uno de los motivos para que la intervención letrada sea preceptiva, pero el sentido común indica que sí sería necesario valerse de una persona experta que contradiga lo alegado por el contrario, al que le asiste un abogado.

¿Necesito abogado para recurrir la sentencia?

No, de igual manera que en la primera instancia, si no fue obligatoria la asistencia letrada tampoco lo será ahora. Pero piensa, ya has perdido una vez por no tener abogado.

Es por ello por lo que, si se encuentra en una situación similar, contacte con nosotros o llámenos.

No todo es el juicio o el recurso

Los abogados no solo nos presentamos el día del juicio y no sentamos a ver qué pasa. Existe siempre un trabajo detrás, una burocracia, que sin nosotros la tiene que hacer el cliente y por tanto perder su tiempo.

Gestionar el pago de la multa o de la responsabilidad civil, asegurarte que cobras la indemnización si eras el denunciante o solicitar suspensiones o fraccionamientos son gestiones que también haremos por ti.

 

Así que… ¿no crees que es mejor contratar a tu abogado?

 

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En este blog se ofrece una visión general y orientativa de los asuntos que son tratados, no constituyendo el mismo asesoramiento jurídico. Declinamos cualquier responsabilidad sobre decisiones que puedan adoptarse basadas exclusivamente en su contenido. Para realizar un estudio de su asunto, póngase en contacto con nosotros a través del formulario de contacto.

Publicado por Solutia Admin